Cuando llega un nuevo miembro a la familia, el día a día, tal y como lo conocíamos, desaparece. Nos tenemos que adaptar a una nueva situación, especialmente cuando estamos acostumbrados a otra muy diferente. No es del todo fácil, ¡pero tampoco imposible!
Son muchas las posibilidades que tenemos a nuestro alcance, como puede ser en el ámbito laboral. Hoy, os queremos hablar de una muy interesante, tanto para mamás como para papás. Se trata del “permiso de lactancia” o “permiso para el cuidado del hijo lactante”, ya que pueden utilizarlo tanto el padre como la madre.
¿En qué consiste?
Cuando un empleado o empleada tiene un hijo, puede dejar el trabajo durante una hora, cada día, para ocuparse de la lactancia del bebé, ya sea lactancia materna o de fórmula. A esto se le conoce como “permiso de lactancia”. Si son dos los nuevos miembros de la familia, esta hora se multiplica por dos, y así sucesivamente (tres hijos, cuatro hijos…). Además, es importante saber que, si los dos progenitores trabajan, sólo uno puede solicitar este permiso.
Además, incluye hijos naturales, por adopción, guarda o acogimiento.
Durante este permiso, que es obligatorio concederlo al trabajador o trabajadora por ley, el salario habitual debe mantenerse. Aunque se trabaje una hora menos, no puede haber variaciones en el sueldo recibido ni se verán afectados el salario base, horas extras o pluses voluntarios.
La duración de este permiso es de nueve meses y, como hemos dicho, puede extenderse proporcionalmente en caso de partos, adopciones, guarda con fines de adopción o acogimientos múltiples.
¿Cómo se gestiona esta hora?
La opción principal del permiso de lactancia es ausentarse una hora del trabajo, pero esta hora puede utilizarse de diferentes formas:
Dividir la hora en dos franjas de media cada una. También se puede elegir una reducción de jornada de media hora. Ésta puede utilizarse para comenzar el trabajo media hora después o finalizarlo media hora antes.
También existe la posibilidad de que el puesto de trabajo ponga en peligro la salud de la madre lactante por diferentes motivos. En ocasiones como éstas, se suspende el contrato de la madre hasta que el peque tenga 9 meses.
Si vuestra empresa lo permite y el contrato colectivo de trabajo es posible acumular estas horas de lactancia para convertirlas en jornadas completas libres de trabajo (lactancia acumulada).
Si, por ejemplo, tienes derecho a 120 horas de lactancia en total, las puedes acumular en jornadas completas de trabajo. Así, si realizas 8 horas diarias y tienes derecho a 120, te corresponden 15 días laborables. En este caso, lo habitual es “renunciar” al permiso de lactancia y disfrutar de estos 15 días más, que se unen a los de la baja por maternidad.
¿Cómo se pide este permiso de lactancia?
Para tener acceso al permiso de lactancia es importante avisar con 15 días de antelación. No obstante, siempre debemos ver qué indica nuestro convenio colectivo. Cuando lo hagamos, tenemos que indicar cuándo comienza y cuándo finaliza. Asimismo, si nos acogemos a la reducción de jornada o a la lactancia acumulada, debemos especificarlo.
En cualquier caso, es recomendable que la solicitud del permiso de lactancia sea por escrito para que quede constancia de que se ha pedido y, luego, concedido mediante un sello de la empresa. ¡Más vale prevenir que curar!
¿Y si ya tenemos reducción de jornada laboral?
¡No pasa absolutamente nada! Podéis solicitar el permiso de lactancia sin que esto suponga un problema. La legislación laboral actual de derecho laboral permite disfrutar de ambas concesiones a la vez.
Y si todavía os quedan dudas, debéis saber que también los Tribunales de Justicia reconocen el derecho a disfrutar de los dos permisos de forma simultánea.
¿Pueden negarnos el permiso?
El permiso de lactancia es un derecho innegable de los papás y mamás. Por tanto, la empresa no puede negarlo bajo ningún concepto, independientemente de la situación. Por ejemplo, que haya numerosas bajas en la plantilla, un ERTE en marcha o que otros empleados ya hayan solicitado el permiso de lactancia.
Asimismo, en ningún caso la empresa puede restringir este derecho ni el modo en que lo puedes disfrutar.
Si la empresa os niega dicho permiso, debéis presentar una demanda ante los Juzgados de lo Social. Es importante que lo hagáis antes de los 20 días hábiles una vez denegado el permiso.
¿Se considera nulo un despido durante el permiso de lactancia?
Sí, salvo que la empresa demuestre que el trabajador ha cometido alguna infracción digna de despido disciplinario.
El Estatuto de los Trabajadores protege especialmente a aquellas personas que se encuentren en un periodo de suspensión de contrato por maternidad, paternidad, adopción, lactancia, etc. Por lo que no pueden despedirte durante este permiso, a no ser que hayas cometido alguna infracción.
Con todo, este permiso no es más que una oportunidad para que la lactancia se dé de la mejor forma para los papás y bebés.